DENUNCIA POR OBVIAR LAS ADVERTENCIAS DE SEGURIDAD DE LOS TRABAJADORES

En el presente os comunico que el pasado año, desde esta sección sindical escribimos carta a la dirección del CON de Horta advirtiendo de los peligros que hay al superar el aforo de los autobuses del Barrio, así como de las Lineas 111 y 24. Los compañeros de la Linea 116 también escribieron otra carta exponiendo los peligros que hay, bien detallados. Ni ha esta sección sindical ni a los compañeros la empresa nos ha contestado, teniendo que llevar a otras estancias el caso. Hoy a Inspección de trabajo hemos interpuesto denuncia para que un inspector interfiera en nuestras peticiones. Es estas lineas mas abajo, os describo lo que hemos expuesto al inspector:

En la presente denuncia me dirijo a Ud. Para informarle de los hechos siguientes:

Un año ha pasado desde que formalmente desde esta sección sindical dimos la voz de alarma mediante carta escrita al Sr. Director del CON de Horta el Sr. Alfonso Rivera Celeiro, de unos hechos que suceden en algunas líneas de autobús que pertenecen a la citada cochera y donde suelen ser viajeros los turistas que visitan nuestra ciudad conjuntamente con los viajeros habituales de la misma. Este problema se agrava, cuando el autobús supera el aforo permitido del fabricante, (Documento 1). En la carta (Documento 2), se le explica al Sr. Director la gravedad que lleva esa situación, y se le sugiere una solución al problema.

Dicho director, aun es hora que conteste a nuestra queja y dejando a nuestra suerte abandonando a los trabajadores que están prestando servicio en dichas líneas, obviando las leyes que amparan a los trabajadores en el CAPITULO II del Real Decreto 486/1997 de 14 de Abril por lo que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo en su artículo 3. Obligación general del empresario.
Donde dice así textualmente:
El empresario deberá adoptar las medidas necesarias para que la utilización de los lugares de trabajo no origine riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores o, si ello no fuera posible, para que tales riesgos se reduzcan al mínimo.
En cualquier caso, los lugares de trabajo deberán cumplir las disposiciones mínimas establecidas en el presente Real Decreto en cuanto a sus condiciones constructivas, orden, limpieza y mantenimiento, señalización, instalaciones de servicio p protección, condiciones ambientales, iluminación, servicios higiénicos y locales de descanso, y material y locales de primeros auxilios.

Como se puede apreciar, en el escrito le pedíamos al Sr. Director actuaciones de seguridad. También y esperando sus actuaciones inexistentes, hace un mes aproximadamente los conductores fijos de la Línea 116 y sin poder esperar más han escrito otra carta pidiendo a la empresa una solución a los problemas de aforamiento, abandono, seguridad personal y de salud que tienen en la línea. Adjunto (Documento 3).

En unos puntos resumidos en este escrito que le expongo:

– Sobrepaso de Aforo dentro del Autobús
– Estrés en el Puesto de trabajo
– Maltrato continuado por parte del los pasajeros a los trabajadores, ante la situación descrita
– Falta de tiempos de descanso en los terminales al llegar a ellos tarde por exceso de pasajeros
– Maltrato psicológico de la empresa a sus trabajadores, obviando las advertencias de los mismos ante los problemas en sus puestos de trabajo.

Por otro lado, también decirle que desde el Centro de Regulación del Tráfico les comunican a los conductores que este tipo de autobuses no está permitido en esta línea. (Según documento 3).
Para no tener que pensar mal, parece ser que el buen trabajador que vela por la seguridad en su puesto de trabajo es condenado y castigado aun en contra de las directrices de la Central de Regulación y Tráfico de TMB. Una contradicción que solo prueba la mala fe y dolo con la que están utilizando las personas encargadas de dirigir las líneas de la ciudad en concreto la línea 116.

Estas palabras, no pueden quedarse en el olvido ya que con (documento 4) le pruebo que el número de pasajeros supera en muchos casos a los autobuses estándar (12mts) en líneas convencionales de la ciudad de Barcelona.
Le suplico, que actué en consecuencia ante esta atrocidad y abuso de poder de los responsables de la Cochera de Horta. 

Los documentos adjuntos, no se pueden publicar para prevalecer la intimidad de los que lo han presentado, agradeciéndoles la valentía de hacerlo. Solo el Inspector los puede visionar.

Esperemos que nuestras peticiones sean oídas, ya que son muchos años de lucha por este tema. Un saludo a todos

Antonio Ballestero 11833     LOLS USOCtb

Esta entrada fue publicada en Noticias. Guarda el enlace permanente.